PREGUNTAS FRECUENTES

Son de competencia de la CCHEN, las instalaciones catalogadas como instalaciones radiactivas de primera categoría. Estas son: aceleradores de partículas, plantas de irradiación, laboratorios de alta radiotoxicidad, radioterapia y roentgenterapia profunda, gammagrafía industrial y radiografía industrial.
(Decreto Supremo N° 133/84 M. Salud, Artículo 7°).


Las instalaciones radiactivas de primera categoría requerirán de una autorización de construcción primeramente y luego de operación. Cuando se prevea que la instalación no funcionará por un tiempo se requerirá de una autorización de cierre temporal y si la instalación ya no funcionará más se requerirá de una autorización de cierre definitivo.
(Decreto Supremo N° 133/84 M. Salud, Artículo 8°).


Las siguientes actividades que se realizan en o para una instalación radiactiva de primera categoría deben contar con autorización de la CCHEN:

1. Transporte de material radiactivo (incluye material o sustancia nuclear).
2. Importación o Exportación de material radiactivo (incluye material o sustancia nuclear).
3. Transferencia de material radiactivo (incluye material o sustancia nuclear).
4. Almacenamiento de sustancias radiactivas o desechos radiactivos.

(Decreto Supremo N° 12/85 M. Minería, Artículo 1°). (Decreto Supremo N° 133/84 M. Salud, Artículo 20° y 21°).


Los requisitos que se deben presentar para obtener una autorización de construcción para una instalación radiactiva de primera categoría son:

1. Presentar el formulario dispuesto con los datos solicitados.
2. Plano de ubicación e informe de emplazamiento, cuando corresponda.
3. Anteproyecto de construcción.
4. Plano y memoria de diseño de la instalación (diseño radiológico), que deberá incluir blindajes, manuales de los equipos, de los sistemas de seguridad y control, y de los sistemas auxiliares.
5. Plan de utilización, que contendrá una descripción de los elementos radiactivos y los equipos generadores de radiaciones ionizantes, y la utilización estimada de los mismos.

(Decreto Supremo N° 133/84 M. Salud, Artículo 9°).


Los requisitos que se deben presentar para obtener una autorización de operación para una instalación radiactiva de primera categoría son:

1. Presentar el formulario dispuesto con los datos solicitados.
2. Manual de operación y mantenimiento de sistemas y equipos con descripción de los procedimientos.
3. Plan de emergencia, en caso de accidente. 4. Informe de funcionamiento y seguridad radiológica (elaborado por la CCHEN).

(Decreto Supremo N° 133/84 M. Salud, Artículo 10°).

Además, los siguientes requisitos deben ser presentados para la elaboración del informe de funcionamiento y seguridad:

1. Manual de Protección Radiológica (MPR), actualizado según NS-GGDL-11.0: “Contenido del manual de protección radiológica para instalaciones radiactivas de primera categoría”.
2. Informe de levantamiento de las no conformidades detectadas en la última inspección.
3. Listado de los detectores, adjuntando fichas técnicas y certificados de calibración.
4. Listado de operadores y Oficial de Protección Radiológica (OPR) autorizados indicando código de autorización.
5. Informe de funcionamiento de sistemas de seguridad radiológica (ej.: equipos, sistema de enclavamiento, detectores de área y alarmas asociadas, otros).
6. Último registro de mantenimiento del equipo o sistemas, estructuras o componentes de la instalación, según recomendaciones del fabricante.
7. Inventario de elementos para delimitación del área controlada (cintas, carteles, balizas) y EPP de los operadores, cuando aplique.
8. Último informe anual de dosimetría personal, en caso de autorizaciones nuevas contrato de dosimetría personal.
9. Informe de funcionamiento de sistemas de seguridad física.
10. Inventario de material radiactivo.
11. Resultados del último test de fuga.
12. Registro de Vigilancia radiológica ambiental del almacenamiento y operación en terreno, cuando aplique.
13. Inventario elementos para emergencia y/o recuperación de material radiactivo (solo gammagrafía industrial).

Aplican requerimientos específicos para diferentes instalaciones y prácticas, las cuales se indican en el formulario de solicitud.


Los requisitos que se deben presentar para obtener una autorización de cierre temporal o definitivo para una instalación radiactiva de primera categoría son:

1. Presentar el formulario dispuesto con los datos solicitados.
2. Procedimientos y sistemas de seguridad.


Las personas que se desempeñan en una instalación radiactiva de primera categoría deben tener una autorización de desempeño vigente, la cual es otorgada por la respectiva SEREMI de Salud.
(Decreto Supremo N° 133/84 M. Salud, Artículo 6°).
Además, dichas personas deben tener una autorización especial vigente otorgada por la CCHEN, ya sea para operar equipos o realizar actividades como Oficial de Protección Radiológica.
(Ley N° 18.302/84 M. Minería, Artículo 5°).
(Resolución Exenta (DISNR) N° 015/19 CCHEN.


Los requisitos para obtener una autorización especial para operar equipos en instalaciones radiactivas de primera categoría son:

PARA OBTENCIÓN POR PRIMERA VEZ
1. Presentar el formulario dispuesto con los datos solicitados.
2. Estar en posesión de una Autorización de Desempeño vigente, otorgada por la SEREMI de Salud correspondiente.
3. Acreditar aptitudes físicas y psíquicas, de acuerdo al tipo de instalación o práctica y función a desempeñar, mediante un certificado emitido por un médico cirujano.
4. Aprobar un examen presencial escrito, oral y/o práctico (porcentaje de aprobación igual o mayor al 75%).

PARA RENOVACIÓN (cada seis años)
1. Presentar el formulario dispuesto con los datos solicitados.
2. Presentar certificado de historial dosimétrico (otorgado por el Instituto de Salud Pública).
3. Estar en posesión de una Autorización de Desempeño vigente, otorgada por la SEREMI de Salud correspondiente.
4. Acreditar aptitudes físicas y psíquicas, de acuerdo al tipo de instalación o práctica y función a desempeñar, mediante un certificado emitido por un médico cirujano.
5. Acreditar experiencia efectiva en el cargo, mediante certificados emitidos por los explotadores de las instalaciones en que haya trabajado.
6. Acreditar formación continua en temas pertinentes a la aplicación, mediante certificados emitidos por la entidad capacitadora o por el explotador de la instalación.
Ver detalles en la Resolución Exenta (DISNR) N° 015/19
Normativa


Los requisitos para obtener una autorización especial para Oficial de Protección Radiológica en instalaciones radiactivas de primera categoría son:

PARA OBTENCIÓN POR PRIMERA VEZ
1. Presentar el formulario dispuesto con los datos solicitados.
2. Acreditar licencia de educación media o título profesional.
3. Acreditar aptitudes físicas y psíquicas, de acuerdo al tipo de instalación o práctica y función a desempeñar, mediante un certificado emitido por un médico cirujano.
4. Aprobar un examen presencial escrito, oral y/o práctico (porcentaje de aprobación igual o mayor al 75%).

PARA RENOVACIÓN (cada seis años)
1. Presentar el formulario dispuesto con los datos solicitados.
2. Presentar certificado de historial dosimétrico (otorgado por el Instituto de Salud Pública).
3. Acreditar aptitudes físicas y psíquicas, de acuerdo al tipo de instalación o práctica y función a desempeñar, mediante un certificado emitido por un médico cirujano.
4. Acreditar experiencia efectiva en el cargo, mediante certificados emitidos por los explotadores de las instalaciones en que haya trabajado.
5. Acreditar formación continua en temas pertinentes a la aplicación, mediante certificados emitidos por la entidad capacitadora o por el explotador de la instalación.
6. Aprobar un examen presencial escrito, oral y/o práctico (porcentaje de aprobación igual o mayor al 50%).
Ver detalles en la Resolución Exenta (DISNR) N° 015/19
Normativa


Los contenidos o materias que se evalúan para la obtención de una autorización especial para trabajar en una instalación radiactiva de primera categoría se encuentran en el anexo de la Resolución Exenta (DISNR) N° 015/19
Normativa


Los trámites sobre autorizaciones de instalaciones radiactivas de primera categoría se realizan a través del canal digital en la página web de la CCHEN.
Portal trámites digitales


Las CCHEN fija anualmente los derechos que deben pagarse por las autorizaciones que se otorguen (Ley N° 18.302/84 M. Minería, Artículo 14°). Los valores se encuentran en la sección "Trámites Digitales" de la página web de la CCHEN.
Portal trámites digitales


Las denuncias o notificaciones de incidentes sobre instalaciones radiactivas de primera categoría pueden ser ingresadas en el portal del regulador en la sección "Notificaciones de Incidentes Radiológicos o Denuncias"
Portal regulador CCHEN